CAPÍTULO I: DENOMINACIÓN, DOMICILIO, ÁMBITO, ACTIVIDAD Y DURACIÓN
Artículo 1.- Denominación.
En la Asamblea General constitutiva que tuvo lugar en el Instituto Cayetano Sempere el 28 de septiembre de 2016 se decidió la creación de la cooperativa de Trabajo Asociado denominada MISTERI, conocida por la sigla M. La cooperativa se regirá por las normas del programa Empresa Joven Europea y por sus propios estatutos.
Artículo 2.- Objeto social.
El objeto social de la cooperativa MISTERI será promocionar los productos típicos de Elche y localidades vecinas en el marco del proyecto EJE. Estos productos de venderán en España como parte de un intercambio bilateral.
Artículo 3.- Domicilio Social.
La cooperativa fija su domicilio social en el Instituto Cayetano Sempere, calle Avet Nº3 Elche, Alicante, España.
Artículo 4.- Duración.
La cooperativa MISTERI tendrá una duración desde el 8 de septiembre de 2016 hasta el 31 de mayo de 2017.
Artículo 5.- Ámbito territorial.
El ámbito territorial de la actividad de la sociedad cooperativa es nacional.
CAPÍTULO II: DE LOS SOCIOS TRABAJADORES
Artículo 6.- Personas que pueden tener la condición de socios.
Pueden ser socios los alumnos de 2º BACHILLERATO ''A'' matriculados durante el curso 2016/2017 en la materia optativa Fundamentos y Administración de Empresas. La profesora no formará parte de la cooperativa. Sus funciones serán exclusivamente de asesoramiento.
Artículo 7.- Principios fundamentales:
La cooperativa MISTERI se rige por los siguientes principios fundamentales:
- La adhesión es libre e implica la participación activa en las Asambleas Generales y en las diferentes comisiones.
- Las decisiones importantes relativas al funcionamiento de la empresa se adoptarán mediante la mayoría relativa de los votos válidamente expresados (la mitad más uno de los socios asistentes).
Artículo 8.- Condiciones y modalidades de dimisión.
La dimisión debe aceptarse en la Asamblea General con mayoría relativa.
Artículo 9.- Derechos de los socios trabajadores.
Cada socio tiene derecho a:
- Ser elector y elegible para los cargos de los órganos sociales.
- Asistir, formular propuestas y participar con voz y voto en la adopción de acuerdos por la Asamblea General y demás órganos sociales de los que formen parte.
- Recibir la información necesaria para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Cooperativas y en estos Estatutos.
- Prestar su personal trabajo en la empresa cooperativa.
Artículo 10.- Obligaciones de los socios.
Todos los socios de la cooperativa deberán:
- Cumplir los acuerdos adoptados por los órganos de la cooperativa.
- Participar en las Asambleas Generales y demás órganos de la cooperativa a los que pertenezcan o sean convocados.
- Contribuir con su trabajo personal al desarrollo de las actividades que constituyen el objeto de la cooperativa.
- Preservar los bienes de la cooperativa.
Artículo 11.- Artículo 11: Exclusión/Sanción.
En caso de que se produzca alguna falta respecto a los compromisos establecidos, la Asamblea General deberá confirmar la exclusión de los socios.
Artículo 12.- Faltas.
Se consideran faltas:
Leves :
- Impuntualidad y faltas de respeto.
- Rechazo al cargo que le haya sido asignado por votación, en los órganos sociales.
- Interrumpir de forma reiterada en el desarrollo de la Asamblea.
Graves:
- Falta de participación o colaboración en las actividades de la cooperativa.
- Comisión reiterada de faltas leves.
Muy Graves:
- Falta de respeto entre los socios de la cooperativa.
- Incumplimiento de los acuerdos adoptados en la Asamblea.
CAPÍTULO III: DISOLUCIÓNArtículo 13.- DisoluciónLa disolución de esta cooperativa se realizará durante el mes de mayo de 2017.En Elche, 4 de noviembre de 2016.
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